Seguro para condominios y edificios

El seguro obligatorio de tu condominio, bien asesorado

Cumple con la Ley 21.442 y protege los bienes comunes de tu edificio. Te ayudamos a elegir la cobertura correcta para tu comunidad — sin letra chica y sin compromiso.

  • Especialistas en seguros de comunidades y edificios
  • Te explicamos qué cubre tu póliza y qué no, antes de que lo necesites
  • Atención 100% remota — WhatsApp, correo o videollamada, lunes a domingo
Cotiza en 3 pasos

Así te ayudamos a proteger tu comunidad

1
Cuéntanos sobre tu condominioUbicación, tipo de edificio y lo que necesitas asegurar.
2
Analizamos tu casoRevisamos el monto asegurado correcto y las coberturas que aplican.
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Recibes tu asesoría y cotizaciónSin costo y sin compromiso — decides tú cuándo avanzar.

Seguro obligatorio por ley

La Ley de copropiedad N.º 21.442, en su artículo 43, establece que todo condominio con destino habitacional debe contratar y mantener vigente un seguro colectivo contra incendio que cubra los bienes e instalaciones comunes, además de dar a los copropietarios la opción de asegurar sus propias unidades. La asamblea puede sumar coberturas complementarias, como sismo o salida de mar.

Así protegemos tu edificio

La base que exige la ley, más lo que tu comunidad realmente necesita

Partimos por el seguro obligatorio y sumamos solo las coberturas que aplican a tu edificio, según lo que decida tu asamblea.

Cobertura base · exigida por ley

Incendio

Protege los bienes e instalaciones comunes de tu condominio: fachadas, techumbres, estructura y áreas compartidas, tal como lo exige la Ley 21.442.

↓ Y sobre esa base, sumas lo que tu edificio necesita

Adicional

Sismo

Un terremoto puede no derribar tu edificio, pero sí desestabilizar el presupuesto de tu comunidad y su recuperación estructural.

Adicional

Rotura de cañerías y filtraciones

Porque una cañería nunca avisa. El agua no distingue entre departamentos: cubre daños y ayuda a encontrar el origen de la fuga.

Adicional

Equipos y maquinaria común

Ascensores, bombas y calderas también son parte de tu edificio. Revisamos si cuentan con la cobertura adecuada frente a fallas.

Adicional

RC de la comunidad

Si algo del edificio daña a un tercero — un objeto que cae de la fachada o un accidente en un área común —, la comunidad queda cubierta.

Adicional

Riesgos de la Naturaleza

Maremotos, avalanchas, aluviones, viento, inundaciones y peso de nieve o hielo: Chile enfrenta todos estos eventos climáticos y tu edificio debe estar protegido.

Adicional

Riesgos Políticos y Terrorismo

Debemos estar preparados ante manifestaciones o actos maliciosos que puedan afectar a nuestro edificio.

Más allá del seguro obligatorio

Las preguntas que realmente importan, resueltas por profesionales

Cumplir con la ley es solo el primer paso. Como especialistas en condominios, te ayudamos a resolver lo que de verdad puede afectar a tu comunidad:

¿El monto asegurado es el correcto?

Te ayudamos a determinar el monto asegurado correcto (Valor de Reconstrucción). Este estudio se sustenta en los antecedentes recopilados del edificio y en referencias oficiales del MINVU, el INE y la CChC.

¿Qué contemplan los espacios comunes del seguro?

El seguro ampara los bienes de dominio común del edificio, es decir, aquellos que pertenecen al conjunto de copropietarios conforme al artículo 2° N°3 de la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria: pasillos, veredas, pavimentos y caminos interiores, cajas de escaleras, ascensores y fachadas, pilares, cimientos, entrelosa, techumbres, rejas, portones y cierros o muros.

¿Y las unidades y/o departamentos están aseguradas?

La administración y el comité deben tener certeza de que las unidades cuenten con seguro. Para eso pueden gestionar un seguro colectivo, que mejora sustancialmente la cobertura respecto de lo que cada copropietario podría contratar de forma individual.

Somos tus aliados en todo momento

¿Por qué elegirnos como tus asesores y/o ejecutivos de seguros?

Asegura2 es la marca registrada de Morgall Corredores de Seguros SPA, razón social debidamente registrada e inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Registro N°9094.

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años de experiencia combinadaen el mercado asegurador chileno.

Especialistas en la Intermediación de Seguros

Gestionamos, cotizamos y negociamos con las distintas compañías aseguradoras líderes del mercado chileno para obtener para nuestros asegurados las mejores condiciones de cobertura y precio.

Asesoría real, no solo venta

Te explicamos qué cubre y qué no cubre tu póliza, antes de que la necesites.

Acompañamiento en siniestros

Desde la cotización hasta la gestión de siniestros, estamos contigo en todo el proceso.

Registrados y regulados

Morgall Corredores de Seguros SPA está debidamente inscrita en la CMF, Registro N°9094.

Somos personas, no bots

Cada consulta la responde alguien de nuestro equipo, no un sistema automatizado.

Sin costo y sin compromiso

Te asesoramos gratis desde el primer contacto — decides tú cuándo avanzar.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas sobre el seguro de tu condominio

¿Qué exige la Ley 21.442 sobre el seguro de condominios?

El artículo 43 de la Ley 21.442 establece que todo condominio con destino habitacional debe contratar y mantener vigente un seguro colectivo contra incendio, que cubra los bienes e instalaciones comunes y ofrezca a los copropietarios la opción de asegurar sus propias unidades. Además, permite sumar coberturas complementarias, como sismo o salida de mar, cuando lo acuerde la asamblea.

¿El seguro obligatorio cubre daños por sismo?

No por defecto. La cobertura de sismo es complementaria: debe ser evaluada y aprobada por la asamblea de copropietarios para sumarse al seguro colectivo contra incendio.

¿Por qué se considera el valor de reconstrucción, para la definición del Monto Asegurado?

La lógica es clara: ante un siniestro total, como un incendio que destruya el edificio, la aseguradora no entrega un edificio nuevo a la comunidad, sino que paga la reconstrucción del inmueble en el mismo terreno donde estaba emplazado. El terreno no se destruye en un incendio o sismo, por lo que no requiere ser asegurado; la plusvalía es un valor de mercado que tampoco se pierde físicamente. Lo único que efectivamente debe ser repuesto materialmente es la edificación.

¿Qué pasa si mi condominio no contrata el seguro obligatorio?

La ley establece la obligación de contratar y mantener vigente el seguro colectivo. No contar con él deja a la comunidad expuesta a asumir directamente el costo de eventuales daños a los bienes e instalaciones comunes.

¿Cómo cotizo el seguro de mi condominio con Asegura2?

Completa nuestro formulario en línea o escríbenos por WhatsApp. Te contactamos sin costo y sin compromiso para asesorarte y ayudarte a elegir la cobertura correcta para tu comunidad.

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