Seguro para condominios · Guardia OS/7

El seguro de vida que tus guardias necesitan por ley

Seguro de vida obligatorio para guardias de seguridad, exigido por la normativa de seguridad privada (OS-7 de Carabineros). Te ayudamos a contratarlo con el monto y las condiciones correctas — sin letra chica y sin compromiso.

  • Especialistas en seguros para condominios y comunidades
  • Te explicamos qué cubre tu póliza y qué no, antes de que lo necesites
  • Atención 100% remota — WhatsApp, correo o videollamada, lunes a domingo
Cotiza en 3 pasos

Así te ayudamos a cumplir con la ley

1
Cuéntanos sobre tus guardiasCantidad de guardias, si son propios o de una empresa externa, y el tipo de instalación que resguardan.
2
Analizamos tu casoRevisamos el monto exigido y las condiciones que debe cumplir la póliza.
3
Recibes tu asesoría y cotizaciónSin costo y sin compromiso — decides tú cuándo avanzar.

Un seguro exigido por ley para quienes cuidan tu condominio

La normativa de seguridad privada obliga a contar con un seguro de vida vigente para los guardias de seguridad, con montos mínimos que dependen del tipo de instalación. Te ayudamos a determinar quién debe contratarlo —el condominio o la empresa de seguridad— y a mantenerlo vigente.

Así protegemos a tus guardias

El respaldo que exige la normativa de seguridad privada

Contratamos el seguro con el monto y las condiciones que corresponden al tipo de instalación que resguardan tus guardias.

Cobertura principal

Fallecimiento

Entrega un capital a los beneficiarios que designe el guardia en caso de fallecimiento, conforme a los montos mínimos que exige la normativa vigente.

↓ Y sobre esa base, se suman otras coberturas exigidas

Exigido

Fallecimiento accidental

Un capital adicional cuando el fallecimiento es consecuencia de un accidente, según las condiciones de la póliza.

Exigido

Invalidez total y permanente

Un capital si el guardia queda con una invalidez total y permanente a causa de un accidente.

Exigido

Invalidez accidental

Cobertura por invalidez derivada específicamente de un accidente, según la póliza contratada.

Exigido

Cobertura en el ejercicio de sus funciones

Ampara al guardia mientras cumple sus labores de vigilancia, conforme a las condiciones de la póliza.

Exigido

Vigencia continua

Gestionamos la renovación oportuna de la póliza para que tu condominio no quede sin cobertura.

Exigido

Certificado de vigencia

Te entregamos la documentación que acredita el cumplimiento de esta exigencia ante una fiscalización.

Antes de contratar

Las preguntas que realmente importan, resueltas por profesionales

Como especialistas en seguros de vida para guardias de seguridad, te ayudamos a resolver lo que de verdad puede afectar tu bolsillo:

¿Quién debe contratar este seguro: el condominio o la empresa de seguridad?

Depende de quién sea el empleador directo del guardia. Si el condominio contrata guardias de forma directa, la obligación recae en él; si los guardias son de una empresa externa, la obligación es de esa empresa. Revisamos tu caso.

¿Qué monto mínimo exige la normativa?

El monto mínimo varía según el tipo de instalación y la normativa vigente. Te indicamos el monto que corresponde a tu condominio antes de cotizar.

¿Qué pasa si no se cuenta con esta póliza?

La fiscalización de Carabineros (OS-7) puede generar observaciones o sanciones si no se acredita la póliza vigente. Te ayudamos a mantenerla al día.

Somos tus aliados en todo momento

¿Por qué elegirnos como tus asesores y/o ejecutivos de seguros?

Asegura2 es la marca registrada de Morgall Corredores de Seguros SPA, razón social debidamente registrada e inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Registro N°9094.

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años de experiencia combinadaen el mercado asegurador chileno.

Especialistas en la Intermediación de Seguros

Gestionamos, cotizamos y negociamos con las distintas compañías aseguradoras líderes del mercado chileno para obtener para nuestros asegurados las mejores condiciones de cobertura y precio.

Asesoría real, no solo venta

Te explicamos qué cubre y qué no cubre tu póliza, antes de que la necesites.

Acompañamiento en siniestros

Desde la cotización hasta la gestión de siniestros, estamos contigo en todo el proceso.

Registrados y regulados

Morgall Corredores de Seguros SPA está debidamente inscrita en la CMF, Registro N°9094.

Somos personas, no bots

Cada consulta la responde alguien de nuestro equipo, no un sistema automatizado.

Sin costo y sin compromiso

Te asesoramos gratis desde el primer contacto — decides tú cuándo avanzar.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas sobre el seguro de tus guardias

¿Qué es el seguro Guardia OS/7?

Es el seguro de vida obligatorio para guardias de seguridad privada, exigido por la normativa del ramo y fiscalizado por la Prefectura de Seguridad Privada de Carabineros (OS-7).

¿Todos los condominios deben contratarlo?

Todo condominio o comunidad que cuente con guardias de seguridad, propios o contratados a través de una empresa, debe verificar que estén cubiertos por esta póliza.

¿Qué cubre exactamente?

En general, fallecimiento, fallecimiento accidental e invalidez total y permanente del guardia, según las condiciones y montos que fije la póliza y la normativa vigente.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Las personas que designe el propio guardia de seguridad como beneficiarios de su póliza de vida.

¿Cómo se acredita el cumplimiento ante una fiscalización?

Con el certificado de vigencia de la póliza. Te ayudamos a mantenerlo disponible para el comité de administración o la administración del condominio.

Cumple con la normativa

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